Auto Supremo AS/0302/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2015-RRC-L

Fecha: 30-Jun-2015

Bajo el rótulo “APLICACIÓN QUE SE PRETENDE”, señaló: “Por lo expuesto, al estar ausentes elementos


Bajo el rótulo “APLICACIÓN QUE SE PRETENDE”, señaló: “Por lo expuesto, al estar ausentes elementos normativos y descriptivos constitutivos del delito de Estafa y por ende al no subsumirse la conducta del encausado al ilícito penal acusado, previsto por el art. 335 del Cód. Penal, como ya lo ha delineado el Auto de Vista No 98/2006, emitido por la Sala Pena de la Corte Superior de Chuquisaca, la aplicación que se pretende es que siendo que el Tribunal de alzada puede enmendar directamente el vicio sobre la errónea aplicación de la ley sustantiva, acorde al Art. 167 del CPP. y en aplicación del Art. 413 In-fine del CPP. Declare la PROCEDENCIA del recurso ANULANDO LA SENTENCIA IMPUGNADA y por ende dicte nueva Sentencia ABSOLVIÉNDOME DE PENA Y CULPA, con la debida imposición de Costas” (sic)