Auto Supremo AS/0302/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2015-RRC-L

Fecha: 30-Jun-2015

El sistema de impugnaciones establecido en la normativa procesal penal, instaura reglas generales para la


III.1.Precisiones legales y doctrinales

El sistema de impugnaciones establecido en la normativa procesal penal, instaura reglas generales para la interposición de los distintos recursos en la Segunda Parte, Título I del Libro Tercero del CPP; así por ejemplo, el art. 394, señala que las Resoluciones judiciales son recurribles en los casos expresamente señalados por Ley (impugnabilidad objetiva); agrega, que el derecho a recurrir le corresponde a quien le esté expresamente permitido por Ley, incluida la víctima, aunque no hubiere sido querellante (impugnabilidad subjetiva). Así también, el art. 396 inc. 3) establece que los recursos deben ser interpuestos en las condiciones de tiempo y forma que determine el Código, con indicación específica de los aspectos cuestionados en el fallo impugnado