Auto Supremo AS/0347/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2015-RRC

Fecha: 03-Jun-2015

4) Respecto de la inobservancia del principio de inmediación y continuidad contenido en los arts


4) Respecto de la inobservancia del principio de inmediación y continuidad contenido en los arts. 330 y 334 del CPP, el Tribunal de alzada conforme a la doctrina legal aplicable establecida en el Auto Supremo 40/2012, estableció que el recurrente no acreditó objetivamente los derechos y garantías constitucionales que se hubiesen vulnerado o que efectivamente se hubiese generado afectación al principio de continuidad e inmediación del juicio oral desarrollado, extremo ahora reclamado, más aún cuando las suspensiones realizadas fueron debidamente justificadas en las actas de juicio suspendidas, señalando el motivo de las mismas. No se acreditó que se generó defectos procedimentales y que los mismos provocaron indefensión material y además sea determinante para la decisión judicial adoptada en el proceso, concluyendo que los fundamentos expuestos por el apelante no fueron suficientes para determinar una afectación a los referidos principios