Auto Supremo AS/0347/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2015-RRC

Fecha: 03-Jun-2015

a) En mérito a las acusaciones pública (fs


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

a) En mérito a las acusaciones pública (fs. 21 a 29, subsanada a fs. 32 y vta.) y particular (fs. 193 a 199 vta.) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia 020/2012 de 10 de agosto (fs. 969 a 996), declarando al imputado Marcelo Martín Miranda Gardeazabal, autor y culpable de la comisión del delito de Hurto Agravado, tipificado por el art. 326 incs. 1), 5) y 6) del CP, imponiéndole la pena de cinco años de reclusión, más el pago de costas en favor del Estado a calificarse en ejecución de Sentencia; finalmente, con relación a los imputados Alexander Marck Prado Sullcani y Erick Vaca Aguilar, los absolvió de culpa y pena del delito de Hurto Agravado en grado de Complicidad, tipificado por el referido artículo en relación al art. 23 de la citada Ley, por ser la prueba insuficiente