Auto Supremo AS/0348/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2015-RRC

Fecha: 03-Jun-2015

En atención a lo expuesto, este Tribunal igualmente detectó que el Tribunal de alzada, a


En atención a lo expuesto, este Tribunal igualmente detectó que el Tribunal de alzada, a tiempo de resolver la denuncia sobre que la Sentencia cometió contradicciones al momento de valorar las declaraciones testificales de Guido España Días y Guido España Barrios; defectuosa valoración de la prueba pericial, debido a que se apartó de la misma y no se demostró por ningún elemento probatorio su culpabilidad; así, como la simple relación de documentos y requerimientos de la parte acusadora, sin la debida fundamentación, inobservó su obligación de verificar y contrastar los agravios denunciados con la efectiva valoración efectuada en la Sentencia, controlando si el Tribunal de Sentencia se sujetó a las reglas de la sana crítica, limitándose de exponer argumentos generales y referenciales sobre una presunta correcta valoración probatoria incurriendo en falta de fundamentación, conforme se plasmó en el apartado II.3 inc. ii) de la presente resolución