Auto Supremo AS/0377/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2015-RRC

Fecha: 15-Jun-2015

2) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada Lina Parra Castro


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

1) En mérito a la Sentencia 23/2011 de 21 de diciembre (fs. 386 a 394 vta.), el Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, se declaró a Lina Parra Castro, autora y culpable del delito de Peculado, tipificado y sancionado por el art. 142 del CP, imponiéndole la pena de tres años de reclusión a cumplir en el penal de “San Pedro” de la localidad de Sacaba del mencionado Departamento, más multa de ciento cincuenta días a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, haciendo un total de Bs. 150.- (ciento cincuenta bolivianos), costas a favor del Estado y los acusadores particulares; así como responsabilidad civil a favor de los últimos, averiguable en ejecución de sentencia. Por otra parte, en función a lo establecido en el art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), dispuso la suspensión condicional de la pena a favor de la imputada, imponiéndole reglas y condiciones. Por último, declaró su absolución, en relación a los delitos de Estafa, con agravación en caso de víctimas múltiples, Uso Indebido de Influencias, Beneficios en razón del Cargo, Asociación Delictuosa y Malversación, tipificados y sancionados, por los arts. 335, 346 Bis, 146, 147, 132 y 144 del CP.

2) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada Lina Parra Castro (fs. 400 a 404), que mereció el pronunciamiento del Auto de Vista de 17 de enero de 2013 (fs. 450 a 453 vta.), por el que se declaró improcedente el recurso; en consecuencia, confirmó la Sentencia impugnada; a cuyo efecto formuló el presente recurso de casación