Auto Supremo AS/0377/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2015-RRC

Fecha: 15-Jun-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Por lo expuesto, se constata que el Tribunal de alzada ejerció su facultad de control de logicidad sobre la prueba cuestionada y que la misma se enmarcó a los antecedentes del proceso, razón por la cual no es evidente la denunciada vulneración del derecho a la defensa de la recurrente; en consecuencia, este motivo deviene en infundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO, el recurso de casación de fs. 472 a 477, interpuesto por Lina Parra Castro