Auto Supremo AS/0377/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2015-RRC

Fecha: 15-Jun-2015

Con referencia al segundo agravio, en el que cuestiona que el Tribunal de alzada omitió


Con referencia al segundo agravio, en el que cuestiona que el Tribunal de alzada omitió su labor de detectar la valoración defectuosa de la prueba “MP-11”, se advierte que el Tribunal de alzada, aclarando previamente que no tiene competencia para revalorizar la prueba, estableció que la defensa técnica, en audiencia de juicio oral, solicitó la exclusión probatoria de la prueba cuestionada, bajo el fundamento de que no cumplía con las formalidades para su incorporación y se trataba de un documento eminentemente civil, aspectos sobre los cuales se pronunció adecuadamente el Tribunal de mérito, decidiendo rechazar el referido incidente, al haber evidenciado que fue obtenida legalmente, por cuanto contaba con una orden de legalización de documento privado sobre el reconocimiento de deuda y compromiso de pago, como efecto de la emisión de un requerimiento fiscal, aclarando además que en función al art. “71” del CPP -se infiere quiso decir art. 171-, el hecho de que el documento sea de carácter civil no impide su judicialización y que los argumentos de la recurrente, respecto a que hubiera firmado la documental signada como “MP-11” bajo presión y amenazas, es un aspecto nuevo que no fue puesto a conocimiento del Tribunal de juicio y sobre el que no acompañó elemento probatorio alguno para sustentar su denuncia