Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 243 a 245 vta., interpuesto por Victoria Ana Calderón Chávez, quien señaló:
II.1 Recurso de casación en el fondo
Que la Juez A quo llegó a concluir que existiría una relación laboral al haberse cumplido con las características esenciales, estableciendo el tiempo de servicios como el sueldo promedio indemnizable, empero en la parte resolutiva, contradiciendo su ratio decidendi y fundamentación jurídica, declara improbada la demanda, vulnerando el art. 192 del CPC, sancionado con la nulidad por imperio del art. 90 y 251 del CPC
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 243 a 245 vta., interpuesto por Victoria Ana Calderón Chávez, quien señaló:
II.1 Recurso de casación en el fondo
Que la Juez A quo llegó a concluir que existiría una relación laboral al haberse cumplido con las características esenciales, estableciendo el tiempo de servicios como el sueldo promedio indemnizable, empero en la parte resolutiva, contradiciendo su ratio decidendi y fundamentación jurídica, declara improbada la demanda, vulnerando el art. 192 del CPC, sancionado con la nulidad por imperio del art. 90 y 251 del CPC
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Victoria Ana Calderón Chávez (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- Señaló también que, el memorial de explicación, complementación y enmienda no se encontraría previsto dentro
- Que, el Auto de Vista vulneró el art
- Señaló también, que los Vocales, a tiempo de dictar el Auto de Vista, no consideraron
- Concluyó solicitando que la entonces Corte Suprema de Justicia actual Tribunal Supremo de Justicia, disponga
- Que, así planteado el recurso de casación en la forma y en el fondo, revisando
- En esta parte del recurso también se reclama que el Tribunal de Alzada no se
- La recurrente cuestiona que la decisión de anular obrados bajo los fundamentos esgrimidos en la
- Este mecanismo procesal es conocido como la solicitud de "Explicación, Complementación o Enmienda", para cuya
- Es preciso aclarar, que para el caso de los plazos procesales que se cuentan por
- Así, no resulta evidente que el art
- En consecuencia, se evidencia que, al haber el Tribunal ad quem, resuelto anular obrados, por
- pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
