Auto Supremo AS/0412/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2015

Fecha: 15-Jun-2015

La recurrente cuestiona que la decisión de anular obrados bajo los fundamentos esgrimidos en la

II. 2. En cuanto al recurso de casación en el fondo
La recurrente cuestiona que la decisión de anular obrados bajo los fundamentos esgrimidos en la Resolución recurrida, violaría el principio de favorabilidad consagrado en el art. 84 del CPT y también violaría el art. 252 del CPT, puesto que, la Juez A quo estableció que el escrito fue presentado dentro de tiempo y por ello es que atendió positivamente la petición, pues de lo contrario hubiese sido rechazada, en tal sentido, y al existir una norma expresa en el CPT que regula la petición de complementación y enmienda como es el art. 84 del Adjetivo Laboral, no correspondería la aplicación del art. 192. 2) del CPC, como lo hizo el fallo ahora recurrido