Auto Supremo AS/0412/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2015

Fecha: 15-Jun-2015

Que, el Auto de Vista vulneró el art

II.2 Recurso de casación en la forma
Que, el Auto de Vista vulneró el art. 236 del CPC al no haberse pronunciado sobre los fundamentos del recurso de apelación, no siendo aplicable el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), al existir una norma especial, ya que como se puede evidenciar no se hizo mención a la Constitución Política del Estado (CPE) que según el art. 410.II establece que la misma goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, señalando al efecto el art. 48. I, III, IV de la CPE