Auto Supremo AS/0424/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

En el caso de autos, de los antecedentes procesales se tiene que el Auto de


En el caso de autos, de los antecedentes procesales se tiene que el Auto de Vista 48/2014 de 8 de agosto, anuló totalmente la Sentencia con el fundamento de que la Juez que conoció la causa dispuso la apertura de juicio por los delitos de Despojo, Alteración de Linderos, Perturbación de Posesión y Daño Simple; sin embargo, ante la petición de explicación, complementación y enmienda por parte de los imputados, en el sentido de que sólo se sustanció el proceso por el delito de Despojo, el Tribunal de alzada, contrariamente a lo establecido en el art. 125 del CPP, pronunció el Auto de Complementación y Enmienda de 29 de septiembre de 2014, cuya parte resolutiva expresa: “La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz ENMIENDA en Auto de Vista contenido en la Resolución Nº.- 48 de 8 de agosto de 2014, dejando sin efecto las observaciones realizadas en los puntos 1 y 2 de su último considerando así como su parte dispositiva y en su lugar declara IMPROCEDENTE el recurso interpuesto Lucio Hugo Morales Aguilar por inobservancia de los art. 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal. En Consecuencia CONFIRMA la Sentencia contenida en la Resolución Nº 21 de 14 de noviembre de 2012” (sic)