Auto Supremo AS/0424/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

Para resolver la problemática planteada, es importante referirnos previamente a los alcances del art


Para resolver la problemática planteada, es importante referirnos previamente a los alcances del art. 125 del CPP, que señala: “El juez o tribunal de oficio podrá aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas