Auto Supremo AS/0425/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2015

Fecha: 16-Jun-2015

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

En el fondo
1.- Acusa la violación de la Ley Sustantiva Civil, en sus arts. 450, 454, 463, 514, 563 y 1538 del Código Civil, toda vez que la Sentencia de fs. 157 a 158 y vta., no aplica las reglas generales de los contratos extremo no corregido y menos explicado por el Auto de Vista N° 516/2014, que es un hecho y no considerado por el juzgador que los acuerdos que llegan las partes en los contratos manifiesta la autonomía de la voluntad.
Por lo que termina peticionando al Tribunal de casación REVOQUE TOTALMENTE el auto de Vista N° 516/2014 de fs. 178 y vta., y deliberando en el fondo declare probada la demanda de fs. 52 a 54 he improbada la excepción de fs. 64 a 65 y vta.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
De manera introductoria corresponde referir que la parte recurrente anuncia que plantea recurso de casación en el fondo, empero en los fundamentos del mismo de manera confusa esgrime argumentos de forma y de fondo, no obstante, en previsión del principio “pro actione”, y disgregando los agravios de forma y de fondo, se absuelve de manera inicial los agravios de forma