Auto Supremo AS/0450/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0450/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

Al respecto, se tiene que verificado el Auto de Vista impugnado, este contiene un pronunciamiento


Al respecto, se tiene que verificado el Auto de Vista impugnado, este contiene un pronunciamiento sobre los agravios citando que, el Tribunal de Sentencia de Montero actuó conforme a derecho aplicando de forma correcta lo determinado por el art. 365 del CPP, ya que tomó en cuenta la prueba aportada siendo esta suficiente para generar convicción plena sobre la responsabilidad penal del imputado en la comisión del ilícito de Violación a menor previsto por el art. 308 bis del CP, ajustándose además a lo previsto por los arts. 37, 38 y 40 del CP, por lo que no se incurrió en el defecto previsto por el art. 370 inc. 1) de la norma procesal penal como superficialmente citó el recurrente. Asimismo, no se advierte la presunta revalorización probatoria, puesto que el Tribunal de alzada aclaró que todos los argumentos probatorios expuestos corresponden a las conclusiones arribadas por el Tribunal de juicio de las que sólo se efectuó el control legal sobre la correcta valoración probatoria y la aplicación de la sana crítica