Auto Supremo AS/0189/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2015

Fecha: 01-Jul-2015

De los datos del proceso se tiene que, la Administración de Aduana Interior de la

De los datos del proceso se tiene que, la Administración de Aduana Interior de la Gerencia Regional de Aduana La Paz, al amparo del art. 69 del CTB, realizó la determinación por unificación de procedimiento, respecto a la mercancía ingresada al país en calidad de donación, amparado en el documento de embarque JACFH107, que no fue regularizado con la presentación de la Resolución Bi-Ministerial para la autorización de la exención de pago de tributos por parte del sujeto pasivo, hasta la emisión de la Resolución Sancionatoria Nº 22/2010 de 12 de enero de 2010, que resolvió las Vistas de Cargo AN-GRLPZ-LAPLI Nº 065/08 de 11 de diciembre y Nº 082/08 de 15 de diciembre de 2008, con un reparo de UFV´s.1.206.161,33.-, concluyendo con la emisión de la Resolución Sancionatoria por Unificación de Procedimiento AN-GRLPZ-LAPLI/ 00022-10 de 12 de enero de 2010, que fue notificada al sujeto pasivo mediante cédula, el 27 de enero de 2010