Auto Supremo AS/0224/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Que, en el caso de autos, de acuerdo a lo expuesto por memorial de fs

En cuanto al recurso de casación en el fondo, que tiene por objeto modificar el contenido de un auto definitivo, sentencia o auto de vista, basado en que los jueces o tribunales de instancia a tiempo de emitir las referidas resoluciones hubiesen incurrido en errores “in iudicando”, aspectos que imperativamente deben ser exteriorizados a través de los tres presupuestos contenidos en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil; en cambio, el recurso de casación en la forma, se encuentra relacionado con la nulidad del proceso, procede contra errores “in procedendo”, referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, cuyas causas están previstas en el art. 254 del Código de Procedimiento Civil.
Que, en el caso de autos, de acuerdo a lo expuesto por memorial de fs. 665 a 667, se advierte que el recurrente planteó recurso de casación en el fondo, el mismo que adolece de la fundamentación suficiente y no guarda coherencia entre lo fundamentado, lo pedido y las normas invocadas, confundiendo los institutos de casación en el fondo con los fundamentos para la casación en la forma, es decir, plantea en el fondo, pero erróneamente pretende que se considere aspectos que hacen a la forma del proceso, pero además incurre en contradicción en su petitorio “anule y deje sin efecto el auto de vista”