Auto Supremo AS/0456/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

En cuanto a los Autos Supremos 472 de 8 de diciembre de 2005 y 14


En cuanto a los Autos Supremos 472 de 8 de diciembre de 2005 y 14 de 26 de enero de 2007, en lo concerniente al motivo de impugnación, se verifica que fueron emitidos, previa constatación por parte del Tribunal casacional, de que los Autos de Vista impugnados, fueron pronunciados sin la debida fundamentación, emitiendo en cada caso el Tribunal de casación, doctrina legal aplicable, estableciendo la obligación de fundamentar debidamente las Resoluciones, debiendo plasmar el iter lógico conforme previene el art. 124 del CPP; que, cuando en el Auto de Vista no existen razones ni criterios sólidos, que fundamenten los alcances de la Resolución, con base en la norma sustantiva, adjetiva o las que correspondan al bloque de constitucionalidad, el fallo incurre en defecto absoluto conforme señala el art. 169 inc. 3) del CPP, por generar incertidumbre a los sujetos procesales; de lo que se advierte, la existencia de similitud fáctica entre los fallos analizados y el cuestionamiento planteado en la impugnación casatoria, lo que permite ingresar a la verificación de la contradicción denunciada