Auto Supremo AS/0541/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2015

Fecha: 04-Ago-2015

Por otra parte, en cuanto al pago de Asignaciones Familiares a favor del trabajador (Subsidio

Tampoco se tiene fundamento alguno la pretensión de modificar el “quantum” de la compensación económica de las vacaciones calculado por los de instancia, debido a que el recurrente basa su reclamo en su tesis, es decir, que la relación laboral sólo sería desde el año 2009 y en consecuencia sólo a partir de dicha fecha correspondería su cálculo; cuando dicho fáctico referido al tiempo de prestación de servicios, ya fue resuelto conforme los fundamentos antes anotados, con un tiempo de prestación de servicios mayor al anotado por el recurrente, de modo que el reclamo también resulta infundado.
Por otra parte, en cuanto al pago de Asignaciones Familiares a favor del trabajador (Subsidio de pre-natalidad y lactancia), cuya compensación económica fue reconocida por los juzgadores de instancia bajo el fundamento que no se habría demostrado con documento idóneo la falta de comunicación a la parte empleadora, decisión que la entidad recurrente cuestiona, indicando que el trabajador nunca comunicó tal situación para que la parte empleadora reconozca tales derechos, de modo que no considerar ello constituye una violación al Reglamento de Asignaciones Familiares; cabe anotar el siguiente razonamiento:
Que, ciertamente el Código de Seguridad Social (CSS) establece que la aplicación de las normas de la Seguridad Social, se efectuarán a través del Código constituido por el Seguro Social Obligatorio, las Asignaciones Familiares y sus Disposiciones especiales que tienen carácter obligatorio para todas las personas e instituciones comprendidas en su campo de aplicación; regulando dicho cuerpo normativo, a partir de su art. 83, las Asignaciones Familiares, estableciéndose como regla general que, todo trabajador tiene derecho a las Asignaciones Familiares a partir del primer día del mes siguiente al que ingrese al trabajo (art. 125 CSS)