Auto Supremo AS/0541/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2015

Fecha: 04-Ago-2015

Se concluye en consecuencia que, no se tiene demostrado por la entidad recurrente, que el

Se concluye en consecuencia que, no se tiene demostrado por la entidad recurrente, que el trabajador haya incurrido en la causal de abandono de funciones como reiteradamente sostiene a lo largo del proceso, de modo que no se tiene evidenciado que el Tribunal de Alzada haya incurrido en valoración errónea de la prueba aportada al proceso