Que, para hacer efectivo el reconocimiento de las asignaciones en especie como son la pre-natalidad
Que, para hacer efectivo el reconocimiento de las asignaciones en especie como son la pre-natalidad y lactancia, es el propio CSS (art. 104) y R-CSS (arts. 193 y 195), así como el Reglamento de Asignaciones Familiares vigente a esa fecha, los que establecen obligaciones, tanto para los empleadores como para los trabajadores, para que se haga efectivo el derecho, así una obligación primaria que debe cumplirse por la parte empleadora es la de afiliar al trabajador a un Ente Gestor en el plazo de cinco días hábiles, conforme lo previsto en el art. 6 del DL Nº 13214, para luego depositar mensualmente a la distribuidora un monto equivalente a un salario mínimo nacional por cada trabajador destinado a cubrir la otorgación de las asignaciones familiares de pre-natalidad y lactancia, además de la obligación de socializar de manera obligatoria la norma sobre el Régimen de Asignaciones Familiares a sus trabajadores, mediante las instancias internas que correspondan y los mecanismos idóneos para ello
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