Auto Supremo AS/0551/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2015

Fecha: 04-Ago-2015

Asimismo refirió que su persona ingresó a trabajar en dicha entidad desde el año 2010

Asimismo refirió que su persona ingresó a trabajar en dicha entidad desde el año 2010 y de forma intempestiva se le hizo entrega del memorándum de agradecimiento de servicios, sin considerar su condición de dirigente sindical, por lo que concurrió ante la Jefatura Departamental del Trabajo, que dispuso su reincorporación y ante el incumplimiento de dicha conminatoria se recurrió a la acción de defensa constitucional que a través del Auto Nº 187/13 de 20 de agosto le concedió la tutela solicitada, siendo confirmada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, demostrándose de esta manera el punto 3 del Auto de Relación Procesal, aspecto que no fue considerado por el Tribunal de Alzada