Auto Supremo AS/0551/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2015

Fecha: 04-Ago-2015

De tal forma se infiere, que conforme a la normativa precedente, el fuero sindical se

De tal forma se infiere, que conforme a la normativa precedente, el fuero sindical se encuentra reconocido constitucionalmente, estableciendo de forma expresa que la destitución de una trabajadora o trabajador que goce de dicho fuero, debe cumplirse una formalidad previa establecida por los arts. 16 de la LGT, 241 y 242 del CPT, 2 y 3 del DL Nº 38 de 7 de febrero de 1944, que consiste en la acción de desafuero sindical, donde se comprueban ante la autoridad jurisdiccional las presuntas imputaciones que se acusa, quien puede autorizar el traslado o el despido del trabajador infractor