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    Auto Supremo AS/0577/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0577/2015

    Fecha: 19-Ago-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación interpuesto por René Carlos Gonzáles en representación de Zoila Adriana
    • Contra el señalado Auto de Vista, la parte demandada presenta recurso de casación, donde previa
    • b) Asimismo, denuncia error de hecho en la apreciación de la prueba, manifestando que de
    • CONSIDERANDO II
    • Aquel pago fue reglamentado en relación al tiempo requerido para su consolidación por medio del
    • De la normativa glosada, se concluye que el Estado ha asumido la obligación de proteger
    • Ahora bien, ciertamente el aguinaldo constituye un derecho de las y los trabajadores, empero su
    • Así entonces, corresponde establecer las fechas hito a fin de determinar la procedencia del pago
    • En el primer caso, se comprende que las causales deben estar debidamente fundamentadas y comprobadas;
    • “Después de evaluar con absoluto cuidado su estancia en el colegio durante estos cortos 2
    • Previamente, es necesario delimitar los alcances y efectos de dicho memorándum, en tal sentido aquel
    • Aclarado ello, corresponde precisar su contenido, así, del extracto que precede, se desprenden dos aspectos
    • Por las particularidades del presente proceso (pago de beneficios sociales), la actuación procesal de las
    • “en cuanto a la prueba de descargo cursante de fs
    • El argumento traído a casación por el empleador, en sentido de la existencia de razones
    • Conforme a los fundamentos antes expuestos, corresponde dar aplicación a las disposiciones legales contenidas en
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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