Auto Supremo AS/0697/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2015-L

Fecha: 14-Ago-2015

1

En el fondo.-
1.- Respecto a las acusaciones de no haberse valorado los informes social y psicológico de fs. 76 y 78, respectivamente; corresponde señalar que el Ad quem en su Resolución señaló lo siguiente: “Evidentemente, en el informe sicológico de fojas 72 a 77 la Lic. Albanía Caballero Saavedra concluye señalando que “es evidente que Gabriel no quiere tener contacto con su papa”. Sin embargo, presume que es a consecuencia de la conducta de éste que “tiende a evadir sus responsabilidades, a culpar a otros, y no ha tomado mucho interés para mejorar las relaciones con la mamá y tampoco en restablecer los lazos afectivos para con su hijo…” Lo considerado, según esos informes, y la conclusión a la que se llegan, no constituye motivo fundado para decretar la suspensión de la autoridad paterna del demandado respecto a su hijo… De todas maneras, la supuesta evasión de responsabilidades en el hogar no constituye causal para quitarle al padre la autoridad sobre su hijo…”