Auto Supremo AS/0697/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2015-L

Fecha: 14-Ago-2015

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5.- Describe el principio Nº 6 de la Declaración de los Derechos del Niño, los arts. 210 num. 2) de la Ley Nº 2026, para enmarcarlos al maltrato psicológico inferido por el demandado y sancionarlo con la prohibición de tránsito del agresor por los lugares que transitan las víctimas, conforme a lo previsto en el art. 219 inc. h) y los arts. 105, 106, 107, 108 y 109 del citado cuerpo legal, por utilización de su hijo como chantaje y hostigamiento reincidente; por lo que reitera que los de instancia han pasado por el alto el principio de que la familia constituye un espacio de socialización de los hijos, y reitera la infracción de los arts. 109 num. 1) y 2 de la Ley Nº 2026 con relación al art. 9 de la convención de los Derechos del Niño