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    Auto Supremo AS/0723/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0723/2015

    Fecha: 27-Ago-2015

    Por lo señalado corresponde fallar conforme prevé el art

    Por lo señalado corresponde fallar conforme prevé el art. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil
    • Proceso: Nulidad de documento
    • De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone la recurrente
    • 3
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    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En la forma
    • Sin embargo de lo precedentemente expresado, corresponde además señalar que el Tribunal de alzada en
    • De manera aclaratoria corresponde referir que la facultad prescrita por el art
    • Ahora bien, en atención al principio de conservación de los actos, corresponde referir también que
    • En el fondo
    • En la especie los recurrentes de manera indistinta denuncian error de derecho o de hecho
    • En esta segunda parte los recurrentes no concretan el agravio denunciado, es más no vinculan
    • Por lo señalado corresponde fallar conforme prevé el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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