Auto Supremo AS/0236/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2015-L

Fecha: 18-Sep-2015

Del análisis de las resoluciones de instancia, se verifica que no es cierta esta aseveración,

Con relación a la aseveración de que resulta ilegal otorgar pago de dominicales a personal de confianza, debiendo habérseles negado el pago con el mismo criterio adoptado para negárseles el pago de horas extras, porque está declarado por el auto de vista que los actores no firmaban libro de asistencia, no habiendo registro de esos días trabajados por ser personal de confianza, habiendo causado el auto de vista agravio al lesionar el párrafo segundo del art. 46 de la Ley General del Trabajo, por lo que corresponde corregir el error de derecho y no otorgarles a los actores el pago de domingos trabajados.
Del análisis de las resoluciones de instancia, se verifica que no es cierta esta aseveración, siendo imperioso hacer presente que no es lo mismo el pago de horas extras como personal de confianza, que el trabajo en domingos y días feriados a los cuales todo trabajador, sea de confianza o no, tiene derecho