Auto Supremo AS/0236/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2015-L

Fecha: 18-Sep-2015

En el marco legal descrito, y en mérito a lo fundamentado precedentemente, no siendo evidente

En el marco legal descrito, y en mérito a lo fundamentado precedentemente, no siendo evidente las violaciones aducidas por la institución demandada a través de su apoderado legal en su recurso de casación de fs. 849 a 851, corresponde resolver el mismo conforme disponen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo y con relación al recurso interpuesto por la parte actora a través del recurso de casación de fs. 863 a 868, al estar evidenciado que el tribunal ad quem a pesar de confirmar la sentencia en lo referente a los salarios y aguinaldos otorgados, omitió consignar estos ítems determinados en la liquidación efectuada en el auto de vista, por esta razón corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271 numeral 4) y 274 parágrafo II del Código de Procedimiento Civil con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo