Auto Supremo AS/0577/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a las acusaciones pública (fs. 14 a 15) y particular (fs. 25 a 29 vta.), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 242/2010 de 8 de noviembre (fs. 327 a 334), el Juez Sexto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró a la imputada María Pía Segovia Romero autora de la comisión del delito de Conducción Peligrosa de Vehículo, previsto por el art. 210 del Código Penal (CP), imponiéndole la pena privativa de libertad de un año de presidio; así como el resarcimiento del daño civil, más costas a favor del Estado y a la parte querellante a calificarse en ejecución de sentencia; empero, en observancia del art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se le concedió el Perdón Judicial