Auto Supremo AS/0577/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

No obstante lo señalado, se advierte que la recurrente especificando los aspectos que habrían sido


No obstante lo señalado, se advierte que la recurrente especificando los aspectos que habrían sido erróneamente fundamentados por el Tribunal de alzada (inexistencia de individualización de la norma de tránsito y la falta de aplicación de todas las circunstancias y atenuantes para la imposición de la pena), así como el derecho al debido proceso, presuntamente vulnerado, más la denuncia de constituir un defecto no susceptible de convalidación, resaltando que al tratarse de el tipo penal de Conducción Peligrosa, resulta primordial la especificación de la norma de tránsito vulnerada; y, que en la imposición de la sanción impuesta a su persona únicamente se estableció que no tenía antecedentes penales, soslayando los demás presupuestos establecidos en los arts. 38 y 40 del CP, corresponde declarar la admisibilidad del motivo, en aplicación de los presupuestos de flexibilización desarrollados en el apartado IV del presente Auto Supremo