Auto Supremo AS/0591/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Por lo expuesto, pidió: “correr el trámite procedimental dispuesto por Ley para que los Magistrados

Finalizó señalando que: “el incumplimiento del contrato implica abandono de trabajo y esto a su vez equivale en el caso concreto analizado, faltas injustificadas a la fuente laboral por más de 6 días, más aún cuando estas motivaciones han sido de orden procesal, ocasionadas y revocadas por el trabajador y están tipificados como Justas Causas de Despido” (sic), que no dan lugar al pago de beneficios sociales; más exactamente, sin derecho al pago de indemnización por desahucio, en observancia de la previsión legal del DS Nº 11478 de 16 de mayo de 1974 y de los arts. 16.e) de la LGT y el art. 9.d), e) y f) del DR-LGT, pidiendo a Tribunal de casación analizar las incidencias y otros actuados ocultos.
I.2.1. Petitorio
Por lo expuesto, pidió: “correr el trámite procedimental dispuesto por Ley para que los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Social y Administrativa procedan a casar el Auto de Vista recurrido, por existir inobservancia y violación a las normas de orden público; además de haberse incurrido en errores manifiestos y omisiones presuntamente deliberadas en la valoración correcta de las pruebas documentales como testificales, cuyas atestaciones cursan en el cuaderno procesal, y que no han sido valoradas correctamente. En definitiva deberá dictarse nueva resolución, fallando en lo principal del litigio, y en la forma como fueron asumidas en la defensa, aplicando las leyes conculcadas” (sic)