Auto Supremo AS/0610/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0610/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Además que el cálculo de las horas extraordinarias se realiza por mes completo vencido y

Además que el cálculo de las horas extraordinarias se realiza por mes completo vencido y de ninguna manera por cada día de trabajo, en aplicación del art. 14 del DS Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, incurriendo en error el Tribunal Ad quem y la Juez por imponer el pago de dos horas extraordinarias por cada día de trabajo