Auto Supremo AS/0610/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0610/2015

Fecha: 08-Sep-2015

De lo preceptuado, los antecedentes que cursan en el proceso y conforme a las consideraciones

De lo preceptuado, los antecedentes que cursan en el proceso y conforme a las consideraciones advertidas en el apartado II.1.1, por la literal cursante a fs. 11 IMCRUZ COM S.A. Sucursal La Paz manifiesta que “…la Dra. Deborah Moreno García con matrícula del Colegio de Abogados No. 4438 es funcionaria de nuestra empresa Corporación de Inversiones IMCRUZ CORP S.A. por lo que se encuentra autorizada para realizar trámites como profesional abogada…”, el memorándum de 15 de mayo de 2008 cursante a fs. 12 remitido por la Asesora Legal dirigido a la actora como Asesora Legal de La Paz, donde se establece que la demandante ha prestado servicios como asesora legal dirigido a la actora como Asesora Legal La Paz, memorándum cursante a fs. 13 firmado por el jefe administrativo, jefe de servicios dirigido a Débora Moreno Departamento Legal, memorándum de 9 de noviembre de 2007 cursante a fs. 14 firmada por Verónica E. Schuttz Eid Asesora Legal dirigida a la demandante como Asesora Legal de La Paz, memorándum de fs. 16, 17 correspondencia interna cursante a fs. 18, memoriales de fs. 19 a 20, comunicación interna cursante a fs. 21, memorándums de delimitación de funciones de fs. 22 a 23, literales de fs. 702 a 747 de obrados, por los que se tiene que la demandante prestó servicios en calidad de Asesora Legal del Departamento de La Paz, evidenciándose que se encontraba al servicio de la Empresa en labores permanentes y propias al giro de la empresa, y como prestación de dichos servicios percibió remuneraciones mensuales; de lo que se puede advertir existió entre las partes una relación laboral