Señaló que, las reglas para la otorgación de un mandato judicial, se encuentran previstas en
iii) Insuficiencia del Poder Especial N° 277/2007 otorgado por la demandante
Señaló que, las reglas para la otorgación de un mandato judicial, se encuentran previstas en el art. 834 del Código Civil (CC), y que el art. 62 del CPC indica las prerrogativas a las que está atado el apoderado, por lo que en el presente caso, la demandante otorgó poder especial amplio y suficiente a favor de su abogado, en fecha 03/04/2007, a objeto de procurar la reincorporación al Hospital Boliviano Holandés, pero sin embargo dicha representación adolece de falta de facultades especiales para que el representante realice actividades ante instancias y las diligencias necesarias, por lo que el mismo hizo uso y abuso de las facultades del citado poder N° 277/2007
Señaló que, las reglas para la otorgación de un mandato judicial, se encuentran previstas en el art. 834 del Código Civil (CC), y que el art. 62 del CPC indica las prerrogativas a las que está atado el apoderado, por lo que en el presente caso, la demandante otorgó poder especial amplio y suficiente a favor de su abogado, en fecha 03/04/2007, a objeto de procurar la reincorporación al Hospital Boliviano Holandés, pero sin embargo dicha representación adolece de falta de facultades especiales para que el representante realice actividades ante instancias y las diligencias necesarias, por lo que el mismo hizo uso y abuso de las facultades del citado poder N° 277/2007
- CONSIDERANDO I
- El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación
- Mencionó que la actora comunicó a su actual empleador (Centro de Referencia Ambulatorio – Red
- Acusó que, la actora fue beneficiada de doble percepción de sueldos desde el 1 de
- Citó también los arts
- Señaló que, las reglas para la otorgación de un mandato judicial, se encuentran previstas en
- Concluyó solicitando lo siguiente: “…admitir el recurso y concederme ante el superior en grado quien
- Partimos señalando que, la entidad recurrente planteó el recurso de casación anotando como recurso en
- Por otro lado, para resolver los demás puntos reclamados en el fondo, consideramos necesario referir
- Bajo ese contexto, referente al reclamo i), en que se acusa por la parte recurrente,
- En ese sentido, se tiene que si bien la parte recurrente reclama que la actora
- Asimismo, una vez indicado que el motivo principal para la reincorporación de la actora fue
- Finalmente, respecto al reclamo ii), donde se indicó que la actora percibió doble remuneración durante
- Corresponde concluir indicando que los de instancia, al emitir la Sentencia y el Auto de
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- En ejecución de autos, previo al pago de los derechos reconocidos en Sentencia, la demandante
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
