Auto Supremo AS/0627/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0627/2015

Fecha: 08-Sep-2015

4) Sobre la acusación que se ciñe sobre la revocatoria parcial efectuada por el Auto

4) Sobre la acusación que se ciñe sobre la revocatoria parcial efectuada por el Auto de Vista sobre el punto 11 de la Sentencia, en relación a compras a proveedores locales que derivan en ingresos no declarados por Columbia, ante inexistencia de fundamento según la AT, y que el Auto de Vista simple y llanamente habría aducido la prescripción del periodo noviembre de 2003, sin tomar en cuenta el posicionamiento del sujeto activo y sin haber fundamentado al respecto, vulnerando la garantía constitucional de la fundamentación y motivación como elementos del debido proceso; ante cuya acusación se evidencia que acorde al razonamiento desarrollado en los puntos IV.3.6; IV.3.7 y IV.3.8 del auto de vista recurrido, el Tribunal de Alzada asumió conforme a las observaciones contenidas en la pág. 19 de la Resolución Determinativa GGSG-DJCC N° 052/2008, que la observación efectuada en relación a compras a proveedores locales que derivan en ingresos no declarados por Columbia, se circunscribe al periodo noviembre de 2003, no evidenciándose falta de fundamentación y motivación y como consecuencia vulneración al debido proceso, en la parte correspondiente del referido auto de vista