Auto Supremo AS/0658/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0658/2015

Fecha: 23-Sep-2015

A fs

A fs. 51-51 vta., no se evidencia la notificación al Ministerio Público, para la emisión del dictamen fiscal, contraviniendo el inciso b) del art. 34 del CPT; que dota la obligatoriedad de participación de esa Magistratura del Estado en procesos en los que éste sea parte; la notificación de fs. 8 vta., no está efectuada no es con todos los actuados subsecuentes para que emita el dictamen fiscal; si bien existe el decreto de 20 de enero de 2009 emitido por la Juez de instancia de fs. 50, donde dispone la remisión de obrados al Ministerio Público, para el dictamen de fondo, en actuados posteriores no consta la notificación a dicha autoridad, dictamen sobre el cual se emite la Sentencia