Auto Supremo AS/0678/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0678/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Que así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los antecedentes

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Que así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los antecedentes del proceso, de donde se tiene lo siguiente:
Que, la Empresa recurrente reclama como vicio procesal, el hecho de que tanto en la Sentencia apelada como en el Auto de Vista confirmatorio, se encuentran ausentes la incriminación del certificado que cursa a fs. 100 y la designación del peritaje.
Al respecto, es preciso recordar que en materia de nulidades procesales, se deben observar ciertos principios como el de convalidación, de especificidad y de trascendencia, entre otros, de modo que, no es posible para el juzgador disponer la nulidad por la simple nulidad, o por mera aplicación de la Ley, sino sólo en la medida en que ésta cause perjuicio cierto e irreparable a la parte perjudicada, vulnerando así de manera directa derechos fundamentales, de modo que su reparación sólo sea posible a través de la nulidad pretendida, o, en otros términos, se debe disponer la nulidad cuando ésta resulte útil al proceso, reestableciendo derechos procesales que pudieron haberse lesionado durante su tramitación, como es el derecho a la tutela judicial efectiva o el derecho a la defensa