Auto Supremo AS/0051/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado (fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 051/2016-RRC
Sucre, 21 de enero de 2016

Expediente: La Paz 83/2015
Parte acusadora: Paulina Miriam Severich Vda. de Valencia
Parte imputada: Hans Orlando Roque Sánchez
Delito: Despojo
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán

RESULTANDO

Por memorial presentado el 29 de abril de 2015, de fs. 372 a 374 vta., Paulina Miriam Severich Vda. de Valencia, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 17/2015 de 17 de marzo, de fs. 355 a 362, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Hans Orlando Roque Sánchez, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes.

1) Por Sentencia 02/2014 de 6 de enero (fs. 262 a 264), el Juez Segundo de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Hans Orlando Roque Sánchez, autor de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándole a cumplir la pena de tres años de reclusión, más el pago de costas a favor del Estado y la reparación del daño civil a favor de la víctima, averiguables en ejecución de Sentencia; asimismo, le otorgó el beneficio de la suspensión condicional de la pena.

2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado (fs. 276 a 282 vta., 302 a 313 vta.) y la acusadora (fs. 285 a 289), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 45/2014 de 1 de agosto (fs. 320 a 324 vta.), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 765/2014-RRC de 19 de diciembre (fs. 346 a 350), por lo que la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 17/2015 de 17 de marzo (fs. 355 a 362), que declaró inadmisible el recurso planteado por Paulina Miriam Severich Vda. de Valencia, disponiendo su rechazo en aplicación del art. 399 del Código de Procedimiento Penal (CPP); además, de admisible y procedente las cuestiones formuladas en el recurso de Hans Orlando Roque Sánchez; en consecuencia, anuló totalmente la Sentencia, ordenando la reposición del juicio por el Tribunal siguiente en número, motivando la formulación del recurso de casación