Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0051/2016-RRC
Fecha: 21-Ene-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado (fs
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I.2. Del motivo del recurso de casación
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Del memorial de casación y el Auto Supremo 458/2015-RA de 6 de julio, cursante de
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2) Reclama a su vez, que el Tribunal de alzada ingresó a revalorizar la prueba,
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I.1.2. Petitorio
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La recurrente Paulina Mirian Severich Vda
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I.2. Admisión del recurso
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II.1. De la Sentencia
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En la Sentencia, en el acápite I, el Juez de mérito hizo una enunciación de
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Que la testigo Juana Llante Paucara, de forma coincidente tambien señala que: la querellante vivía
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En cuanto a las pruebas documentales de cargo: la parte acusadora ha presentado dos contratos
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En cuanto al resto de las pruebas literales si bien es cierto y evidente que
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El Juez de mérito en el acápite “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE DERECHO Y DOCTRINALES”, haciendo
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Que, la parte acusada no ha desvirtuado los delitos atribuidos por la parte querellante
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En conclusión respecto del delito de despojo que se atribuye al acusado Hans Orlando Roque
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Contra la mencionada sentencia, la parte querellante y la parte imputada, interpusieron recursos de apelación
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Los recursos fueron resueltos por Auto de Vista 45/2014 de 1 de agosto, que fue
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Respecto a la denuncia de falta de fundamentación fáctica, probatoria y jurídica en la Sentencia,
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b) Asimismo, del contenido de la Sentencia, advirtió que no tiene ningún razonamiento, trabajo intelectual,
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c) Por otro lado, en el acápite rotulado como exposición de motivos de derecho y
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d) Finalmente el Juez de mérito, a tiempo de afirmar que el acusado no
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El recurso de casación formulado por la querellante Paulina Miriam Severich Vda
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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El art
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III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Orlando A
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
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De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
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c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
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La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
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d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
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e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
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III.3. De los precedentes invocados y el análisis del caso concreto
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Considerando que en el presente recurso de casación la parte querellante formula dos problemáticas distintas,
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Conforme se tiene en el Auto de Admisión del presente recurso, este motivo corresponde ser
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En ese ámbito, se tiene que el Tribunal de alzada conforme los fundamentos expuestos en
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De lo que se establece que no son ciertos los argumentos expuestos por la recurrente
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Por el contrario, este Tribunal verifica que el Tribunal de alzada cumplió con la doctrina
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Al respecto, este Tribunal mediante la amplía jurisprudencia emitida, en el A
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Por otro lado, el Tribunal de alzada también estableció la falta de fundamentación jurídica, en
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Respecto a este último argumento del Tribunal de alzada, relativo al elemento constitutivo del tipo
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Sin embargo, este error cometido por el Tribunal de alzada, en cuanto a la supuesta
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III.3.2 Respecto a la denuncia de revalorización probatoria por parte del Tribunal de alzada
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El Auto Supremo 317/2003 de 13 de junio, dictado dentro del proceso penal seguido por
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Similar entendimiento fue asumido por este Tribunal a través del Auto Supremo 187/2013 de 11
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Revisado el Auto de Vista impugnado, se establece que en el punto 2
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Argumentos de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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