Auto Supremo AS/0051/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Conforme se tiene en el Auto de Admisión del presente recurso, este motivo corresponde ser


III.3.1. En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación en el Auto de Vista

Conforme se tiene en el Auto de Admisión del presente recurso, este motivo corresponde ser analizado en el fondo a los fines de verificar si el Tribunal de alzada sujetó la resolución impugnado a los criterios asumidos en el Auto Supremo 756/2014-RRC de 19 de diciembre, dictado con anterioridad dentro del caso de autos, que asumió el siguiente entendimiento:

“(…) este Tribunal, de manera reiterada se ha referido al deber de fundamentación de toda Resolución, que recae sobre los Jueces y Tribunales de Sentencia quienes por voluntad del legislador, tienen la concesión exclusiva de la relación directa con las partes y las pruebas, mediante el ejercicio del principio de inmediación; también emitió doctrina legal en sentido de que, dicho deber adquiere mayor relevancia, cuando se trata de Resolución de un Tribunal de apelación, que debe pronunciarse de manera expresa, clara, concreta y lógica sobre los aspectos sometidos a su consideración, sin que ello implique imponer una especial estructura al desarrollo de los razonamientos de la Resolución, puesto que una motivación que sea concisa, no por ello, deja ser una motivación conforme a la exigencia establecida en el procedimiento, así en lo que respecta al Tribunal de apelación, debe expresar claramente los agravios denunciados por la parte apelante y resolverlos conforme a su competencia realizando una valoración jurídica suficiente razonada, en base a los antecedentes del caso y verificando si el Juez a quo, orientó su labor por pasos racionales, correctos y en observancia de las reglas que impone la sana crítica” (sic). (las negrillas son nuestras)