De la revisión del recurso de apelación a fs
De la revisión del recurso de apelación a fs. 88 a 90 se constata que esta reclamación fue expuesta en esa instancia de manera sucinta, puntual y con los mismos fundamentos de la casación bajo el epígrafe de “ Vulneración del debido proceso al no realizar una fundamentación y motivación e incorrecta valoración de la prueba, al disponer el pago del bono de antigüedad” (sic) punto en el que claramente y con argumentos suficientes denunció que la Juez A quo reconoció el pago del bono de antigüedad sin fundamentar ni motivar respecto de los hechos y la prueba que dentro del presente proceso le sirvió como elemento de convicción para determinar que dicho beneficio no fue cancelado al demandante ya que de fs. 1 a 3 de obrados cursa boletas de pago en las que se verifica que si se le canceló
- CONSIDERANDO I
- Contra la referida Sentencia, luego de declarada la nulidad de obrados mediante auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma interpuesto por la empresa demandada,
- I.3.1. Recurso de casación formulado por Empresa INCOTAR S.R.L
- Vulneración del debido proceso en su elemento derecho a una resolución fundamentada y motivada establecida
- Sostiene que en apelación denunció que la Juez, respecto al bono de antigüedad, no realizó
- Petitorio
- Concluye solicitando se anule el Auto de Vista recurrido y se ordene se resuelva en
- CONSIDERANDO II
- Sobre la denuncia de Vulneración del debido proceso en su elemento derecho a una resolución
- De la revisión del recurso de apelación a fs
- Sobre el punto, el Tribunal de Alzada a momento de pronunciarse señaló: “ Las denuncias
- El pronunciamiento transcrito textualmente no resulta evidente ni razonable ya que tal cual se tiene
- En consecuencia, resulta evidente que el Tribunal de Alzada incurrió en vulneración el debido proceso
- En suma, se concluye que el Auto de Vista incurrió en causal de nulidad por
- Asimismo, en cuanto al recurso de casación “parcial” formulado por el actor Jaime Bejarano Trigo
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
