Auto Supremo AS/0407/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2016

Fecha: 31-Oct-2016

En este contexto adujo que, el demandante jamás tuvo una relación de carácter laboral con

En este contexto adujo que, el demandante jamás tuvo una relación de carácter laboral con la empresa demandada y mucho menos desde la fecha a que hace referencia, puesto que la relación que existió fue estrictamente civil comercial, al haber suscrito con la empresa demandada contratos de obra y que por favorecer al actor, el tribunal ad quem, no hizo mención al emitir el auto de vista recurrido y no valoró que con el actor se acordó en forma pre establecida la realización de un determinado número de colchones por un precio estipulado, evidenciándose que el demandante tenía la calidad de contratista y jamás tuvo relación de dependencia, subordinación y mucho menos la fijación de remuneración o salario, ni prestación de trabajo por cuenta ajena, no habiendo cumplido nunca las características que prevé el art. 1 del DS Nº 23570 de julio de 1993, argumentos que no fueron mencionados en el auto de vista recurrido