Auto Supremo AS/0407/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2016

Fecha: 31-Oct-2016

En este sentido, al no haber presentado el balance de las gestiones solicitadas, pese a

En este sentido, al no haber presentado el balance de las gestiones solicitadas, pese a la conminatoria, se debió aplicar lo previsto en el art. 181 del Código Procesal del Trabajo, que prevé: “La falta de balance legal del empleador que tiene la obligación de presentarlo, hará presumir que ha obtenido utilidades”, es este contexto, al no haber presentado la parte demandada el balance legal, en aplicación de la normativa citada, corresponde el pago de la prima de las dos últimas gestiones, conforme dispone el art. 57 de la Ley General del Trabajo