En tal sentido, tomando en cuenta que la escala establecida en el art
En tal sentido, tomando en cuenta que la escala establecida en el art. 5 del DS Nº 25679 de 25 de febrero de 2000, dispuso el incremento del 5.5% para la gestión 2000, para las personas que ganaban un sueldo básico hasta Bs. 1000.-, correspondía se le cancele la suma de Bs. 55, por cada mes lo cual no ocurrió, existiendo por tanto incrementos salariales devengados que deben ser cancelados a su favor por 8 meses de dicha gestión que hacen un total de Bs. 440; en el mismo sentido, respecto a la gestión 2001, se estableció la escala del 5%, en consecuencia correspondía se le cancele la suma de Bs. 50.-, por concepto de incremento salarial por 12 meses de dicha gestión, y al no haberlo hecho, corresponde que se le cancele el monto de Bs. 600.- por la gestión 2001, finalmente por la gestión 2002, corresponde el pago de Bs. 70.-, por dos meses adeudados por reintegro de incremento salarial, haciendo un total de Bs. 1.110.-, que el demandado le adeuda por concepto de incrementos salariales no cancelados oportunamente por dos años no prescritos
- Auto Supremo Nº 407/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.146/2016
- En grado de apelación deducida por el demandante de fs
- El referido fallo, motivó los recursos de casación en el fondo de fs
- En este sentido señaló que no se consideró ni realizó una valoración de las pruebas
- Nada más errado, toda vez que el DS Nº 28699 de 1 de mayo de
- En este contexto adujo que, el demandante jamás tuvo una relación de carácter laboral con
- Por otra parte sostuvo que, los servicios prestados por el actor en calidad de contratista,
- También manifestó que, el actor logró generar convicción errada en el tribunal de segunda instancia,
- Que el auto de vista, es contradictorio entre su parte resolutiva y considerativa, al fundar
- Sostuvo que en el auto de vista objeto del presente recurso, se sostuvo que el
- Concluyó solicitando se case el auto de vista recurrido y se declare improbada la demanda
- I
- Al respecto señaló que, en su demanda entre otros conceptos, solicito también el pago de
- Por otra parte sostuvo que sobre el pago por estos conceptos (primas y horas extraordinarias),
- Procedencia del pago de horas extras, sobre el punto sostuvo que no se tomó en
- Ilegal negativa respecto al pago de reintegro de incrementos salariales, sobre el punto señaló que
- En tal sentido, tomando en cuenta que la escala establecida en el art
- I.3.2 Respuesta al recurso de casación interpuesto por el demandado
- Por memorial de fs
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- II
- En ese contexto, a fin de determinar si una relación de trabajo tiene las características
- En este marco, conforme establece el art
- Al respecto, de la revisión de la documentación adjuntada durante la tramitación del proceso, se
- Sin embargo, no existe prueba idónea y contundente que desvirtúe tal afirmación, resultando insuficiente para
- Estas guías de orientación llevan al convencimiento de que entre el actor y la empresa
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- Al respecto, analizado los antecedentes procesales, el actor mediante memorial de fs
- En este sentido, al no haber presentado el balance de las gestiones solicitadas, pese a
- A objeto de resolver la controversia, debemos partir de lo reglado por el art
- Por otra parte, el art
- Así, el art
- En base a la normativa descrita, se advierte que, para la procedencia del pago de
- En este sentido, no corresponde el pago de las horas extras solicitadas por el recurrente,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
