Auto Supremo AS/0801/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0801/2016-RA

Fecha: 17-Oct-2016

4) Señala que existió defecto de la Sentencia contenido en el art


4) Señala que existió defecto de la Sentencia contenido en el art. 370 inc. 5) del CPP, que habilita la apelación restringida del cual se reclamó que su fundamentación es insuficiente, motivo respondido por el Tribunal de alzada mediante el considerando II punto 3; respuesta de la cual, el recurrente señala que es ilógica y sesgada porque afirma que la conducta del imputado fue típica antijurídica porque violó las normas establecidas en nuestro ordenamiento jurídico y es punible porque merece ser sancionado; siendo que esta afirmación, no responde a lo que planteo en su recurso de apelación restringida, siendo que el juzgador debe decir de manera clara concreta y específica cuál o cuáles son las normas vigentes y establecidas en el ordenamiento jurídico violado y el razonar de manera generalizada hace que se infrinja derechos y garantías, de legalidad, de certeza, seguridad jurídica, de transparencia, verdad material, de una justicia efectiva, derecho a la defensa y el debido proceso