Auto Supremo AS/0801/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0801/2016-RA

Fecha: 17-Oct-2016

Con relación a la temática planteada invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 212/2013


Con relación al octavo motivo, referido al defecto de la Sentencia que habilita a la apelación restringida contenido en el art. 370 inc. 10) del CPP, por inobservancia de las reglas previstas para la deliberación de la Sentencia conforme el art. 359 inc. 3) del CPP, sobre la imposición de la pena aplicable; defecto del que, el Tribunal de alzada mantiene subsistente al responder en su considerando II punto 6.

Con relación a la temática planteada invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 212/2013 de 11 de junio del cual no realizó la labor de contrastarlo con el Auto de Vista con la finalidad de advertir alguna contradicción en la que hubiera incurrido, siendo el mismo solamente mencionado y que trata de la fundamentación de la pena; en consecuencia, al no haber cumplido con los requisitos de forma establecidos por el art. 417 del CPP, corresponde declarar inadmisible este motivo