Auto Supremo AS/0801/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0801/2016-RA

Fecha: 17-Oct-2016

Con relación a la temática planteada invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 152/2012 de


Con relación al primer motivo, en el que denuncia actividad procesal defectuosa por defectos absolutos debido a que se emitió de manera conjunta la apelación incidental y la apelación restringida, siendo que la apelación incidental debe ser de pronunciamiento previo.

Con relación a la temática planteada invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 152/2012 de 20 de junio, del cual señaló que se refiere a que no se pueden resolver de manera conjunta la apelación incidental y la apelación restringida siendo de previo pronunciamiento la apelación incidental; y, el aspecto contradictorio radicaría en que el Tribunal de alzada resolvió de manera conjunta tanto la apelación restringida como la apelación incidental; en consecuencia, el recurrente cumplió con los requisitos de admisión previstos en el art. 417 del CPP