Auto Supremo AS/0801/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0801/2016-RA

Fecha: 17-Oct-2016

La falencia advertida en el planteamiento del recurso, no puede ser suplida de oficio ni


La falencia advertida en el planteamiento del recurso, no puede ser suplida de oficio ni con la mera referencia de vulneración a derechos y garantías como ser: el debido proceso, la legalidad, seguridad jurídica, transparencia, una justicia efectiva, de derecho a la defensa, o enunciación de defecto de la Sentencia como se observa en el caso presente, pues a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, el recurrente tiene la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron omitidos por completo, derivando en que el recurso resulte inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización