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    Auto Supremo AS/1151/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1151/2016

    Fecha: 06-Oct-2016

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    • Daniel Mattías Arze
    • Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble
    • Distrito: Santa Cruz
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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    • Acusa que la recurrente no expresa con claridad y de forma concreta el fundamento legal
    • Señala que no existe aplicación errónea e indebida de la ley, pues el Tribunal de
    • Refiere que las declaraciones testificales constatan que la recurrente pretendía comprar el inmueble que ocupaba
    • Señala que la recurrente hace un análisis fragmentado del fallo haciendo hincapié solo en la
    • Realizando un análisis de lo expuesto por el Tribunal de Alzada, señala que el Auto
    • Que el Ad quem hizo una correcta apreciación de las pruebas en lo que respecta
    • Considera que la prueba presentada por Exiquel Bautista Achu, en su memorial de contestación y
    • Señala que ante la comprobación del hecho de que la actora ocupaba un inmueble diferente
    • Del recurso de casación interpuesto por Exiquel Bautista Achu (fs. 536 a 543)
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    • Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista y en consecuencia dejar firme y
    • De la Respuesta al Recurso de Casación interpuesto por Exiquel Bautista Achu
    • Señala que el Auto de Vista de 23 de julio de 2015 se encuentra ejecutoriado
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • La Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de las resoluciones
    • De igual manera la Sentencia Constitucional 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la motivación
    • III.2.- De la falta de fundamentación en las resoluciones judiciales
    • El art
    • Sin embargo, como es lógico, la fundamentación de la Resolución de Alzada debe circunscribirse a
    • De lo expuesto en dicho Auto Supremo, se tiene que para ser viable la usucapión
    • Ahora bien, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos
    • III.5.- De la valoración de la prueba
    • José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
    • El principio de comunidad de la prueba es: La prueba no pertenece a quien la
    • Principios que rigen en materia civil, y orientan a los juzgadores en la labor valorativa
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Con relación a la falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista, pues los
    • De lo expuesto se advierte, que contrariamente a lo acusado por la recurrente, el Auto
    • Continuando con el análisis de los reclamos expuestos en casación, corresponde referirnos a la omisión
    • Con relación a la interpretación errónea de los arts
    • Respecto a la errónea valoración de la prueba de fs
    • Continuando con las omisiones valorativas que acusó la recurrente, nos referiremos a la documental de
    • Con relación a la errónea valoración de las pruebas testificales, pues contrariamente a lo señalado
    • Respecto al informe técnico de fs
    • Finalmente respecto al hecho de que Joel Daniel Mattias Arze, no figuraría en ninguna providencia
    • Por las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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